Sinergiae Ambiente cuenta con un equipo de profesionales con unas competencias que les permiten planificar y ejecutar planes de naturaleza sectorial (planes especiales de ordenación del territorio) o municipal (planes municipales de ordenación del territorio).
Los Planes Municipales de Ordenación del Territorio (PMOT) son instrumentos reguladores, aprobados por los municipios, que establecen el régimen de uso del suelo a través de la clasificación «suelo urbano» y «suelo rústico» y de su calificación. De este modo, se definen posibles modelos de evolución de la ocupación humana, organización de redes y sistemas urbanos, parámetros de aprovechamiento del suelo y garantía de la calidad ambiental. La política municipal de gestión territorial definida en los PMOT debe tener en cuenta la programación y materialización de las políticas de desarrollo económico, social y ambiental con impacto en el medio que la administración central promueva a través de los planes sectoriales.
Los Planes Especiales de Ordenación del Territorio (PEOT) son instrumentos de incidencia territorial enmarcados en la política sectorial y cuya responsabilidad corresponde a la administración central. En ellos se establecen los regímenes de protección de los recursos y valores naturales y el régimen de gestión compatible con la utilización sostenible del territorio. Para ello se aplican, en las respectivas áreas de intervención, las directrices definidas en los programas nacionales de política de ordenación del territorio. Los PEOT traducen un compromiso recíproco de compatibilidad con el programa nacional y con los planes regionales de ordenación del territorio, y prevalecen así sobre los planes municipales e intermunicipales con los cuales se superpongan a nivel de incidencia territorial.
El régimen de estos planes está recogido en la correspondiente legislación española en vigor.
Planes Municipales de Ordenación del Territorio (PMOT)
El Plan Director Municipal (PDM) establece la estrategia de desarrollo territorial, la política municipal de ordenación del territorio y de urbanismo, así como otras políticas urbanas. De este modo, articula las orientaciones establecidas en los instrumentos de gestión territorial de ámbito nacional y regional y establece el modelo de organización espacial del municipio. Se trata de un plan obligatorio que debe ser revisado diez años después de su aprobación o última revisión.
El Plan de Urbanismo (PU) establece la política de ordenación y urbanismo en una determinada área del territorio, de acuerdo con lo establecido previamente en el PDM. El PU permite definir la estructura urbana, regular el uso del suelo y las actividades permitidas, así como trazar y delimitar las dimensiones de las infraestructuras generales.
El Plan detallado de acción territorial desarrolla y materializa, a través del diseño y proyecto, las propuestas de ocupación incluidas en el PDM y/o PU. Para ello, establece reglas y soluciones detalladas sobre la implantación de infraestructuras y espacios colectivos, las características y la localización de equipos y edificaciones, incluso restructura la propiedad catastral si es necesario. Estos planes pueden adoptar modalidades diferentes de acuerdo con la especificidad de la intervención:
- Plan de intervención en el medio rural.
- Plan detallado de rehabilitación urbana.
- Plan detallado de protección.
Planes Especiales de Ordenación del Territorio (PEOT)
Los Planes de Ordenación de Áreas Protegidas (POAP) establecen las políticas de protección y conservación que se pretenden aplicar en cada una de las áreas y clasifican el suelo de acuerdo con los valores del patrimonio en cuestión, estableciendo el régimen de uso y las condiciones de modificación del mismo. Estos planes son obligatorios para las entidades públicas y privadas.
Los planes de ordenación de pantanos de agua pública consagran las medidas adecuadas para la protección y valoración de los recursos hídricos del área en la que se aplican, con el objetivo de asegurar una utilización sostenible de los mismos. Este plan vincula tanto a la Administración Pública como a los particulares. Entre los objetivos de los planes de ordenación de pantanos de agua pública se encuentran la definición de los regímenes de salvaguarda, protección y gestión, así como del régimen de uso del plan de agua y de la zona terrestre de protección.